José Antonio Herce San Miguel
Desde 2015 existe en España una Ley de Desindexación (cuyo reglamento se desarrolló en 2017 mediante RDL) que desvincula la formación de precios de los bienes y servicios (de sectores que actúan en el ámbito público) de la inflación general (IPC) ligándola a los costes estrictos de cada cadena sectorial.
De esta ley, queda expresamente excluida la desindexación de las pensiones, los salarios (sujetos a la negociación colectiva) y la deuda del estado. Paradójico, pues, desde que entró en vigor la Lay 13/2013 del Factor de Sostenibilidad y el Índice de Revalorización de las Pensiones, la indexación de estas últimas estaba ya regulada a través del IRP.